REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA

En Argentina existe la LEY NACIONAL Nº 24.449 y su Decreto Reglamentario

Es aquel vehículo que luego de superar el procedimiento de revisión técnica, no presenta deficiencias ó las mismas no inciden sobre los aspectos de seguridad para circular por la vía pública. En ese instante, se otorga al transportista el CERTIFICADO DE REVISIÓN TÉCNICA, y la OBLEA identificatoria correspondiente, ambos con la misma numeración, y con la indicación de la fecha de vigencia de la RTO. Estos elementos constituyen el documento que certifican que el vehículo se encuentra apto para circular y realizar un tráfico interjurisdiccional.

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