El trabajo de observación del GESEVI sobre el comportamiento del tránsito urbano, detectó que quienes menos usan el cinturón de seguridad son los taxistas/remiseros, los policías, los choferes de vehículos oficiales de los organismos públicos, miembros del Poder Judicial, y los choferes de ambulancia con dispar cumplimiento.
En el caso del transporte público de pasajeros como los colectivos urbanos, los de media y larga distancia, se ha detectado que no todas las empresas y los servicios tienen igual comportamiento. En este caso las empresas prestatarias son las que deberán tener como obligatoria las medidas de seguridad para sus choferes y cumplir con las exigencias de la ley de transito, las ordenanzas municipales.
En el caso de los conductores de autos particulares, si bien el uso del cinturón de seguridad sigue siendo alto, en ruta, no así en los centros urbanos, les compete a las autoridades de control extremar la vigilancia y ser estrictos en el cumplimiento de las normas en vigencia.
Las autoridades de control con competencia en cada uno de los sectores mencionados, tienen la potestad y los instrumentos para que el cumplimiento sea masivo y ordenar las cuestiones pertinentes a la Seguridad Vial.
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